miércoles, 26 de diciembre de 2007

Posesionar inhabilitados constituye falta disciplinaria

El Alto funcionario recordó a los funcionarios encargados de dar posesión la obligación de exigir a quien ocupe un cargo público los certificados de antecedentes disciplinarios, expedidos por la Procuraduría General de la Nación, y penales a cargo del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS).

En estos casos, solo podrán considerarse como antecedentes las providencias ejecutoriadas emanadas de las autoridades competentes. De otro lado informó que, en el curso de una demanda de acción popular, el Juzgado Cuarto Administrativo de Bogotá encontró que tres alcaldes, 12 concejales y cuatro ediles electos estaban inhabilitados para ejercer estos cargos por figurar en su contra condenas penales, disciplinarias y fiscales en su contra.

Los tres alcaldes electos corresponden a los municipios de Maicao (Guajira), Cerinza (Boyacá) y Bahía Solano (Chocó). Los doce concejales y cuatro ediles obtuvieron su votación en 16 poblaciones ubicadas en los departamentos de Córdoba, Cundinamarca, Quindío, Norte de Santander, Magdalena, Chocó, Risaralda, Caquetá, Huila, Arauca, Caldas y Meta.

También advirtió a las autoridades penitenciarias que para los ciudadanos electos que actualmente se encuentren privados de la libertad por estar incursos en investigaciones penales, el presentarse para la posesión en sus cargos no está contemplado en el Código de Procedimiento Penal como justificación de permiso para salir de sus sitios de reclusión. Esta situación se deberá aplicar en los casos de los alcaldes electos José Mauricio Jiménez Pérez, de Aguazul (Casanare); Juan Antonio Bernal Ramírez, de Sabanalarga (Casanare); Víctor Manuel Romero Acosta, de Murillo (Tolima); y Carlos Gutiérrez Cotes, de Campo de la Cruz (Atlántico); quienes están detenidos y del gobernador electo de Guainia, Iván Vargas Silva, a quien la Fiscalía 11 de la Unidad de Lavado de Activos le libró orden de captura.