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domingo, 28 de octubre de 2007

26 se eleva el número de quejas recibidas por la Procuraduría por presuntos delitos electorales

28 de octubre de 2007. 3 p.m. En el transcurso del día, la Procuraduría General de la Nación ha recibido 26 denuncias relacionadas con las anomalías electorales presentadas en diferentes regiones del país.

De acuerdo con la información suministrada por los ciudadanos, las quejas están relacionadas, entre otros, con los siguientes temas:

En el departamento de Nariño se presentaron situaciones como la prohibición de la entrada a la zona electoral al Personero del municipio de Sandoná ; la quema de material electoral destinado a la vereda el Nulpe, municipio de Ricaurte; el derribamiento de torres de interconexión, quedando sin energía la Costa Pacífica nariñense hacia las 5 a.m. afectando a Tumaco, Barbacoas, Maguí Payán y Roberto Payán.

En algunos puestos de votación en Nariño no hicieron presencia jurados ni la fuerza pública y para subsanar la situación fue trasladada una mesa del sector la Cabaña al casco urbano del municipio de Potosí; entre tanto en Ospina Pérez, municipio de Ricaurte, ciudadanos denunciaron a varios servidores de la Secretaría de Educación de Nariño, por estar repartiendo propaganda política.

La Personería municipal de Gachalá, Cundinamarca reportó la ausencia de jurados de votación en tres mesas y en otra, los jurados omitieron la firma de los tarjetones, ocasionando un traumatismo entre las 10 y las 11 de la mañana, periodo durante el cual no se recibieron votos, a esta hora la situación es normal.

En Valle del Cauca, fue denunciado el alcalde del municipio de Roldadillo por presunta participación en política se le acusó de compra de votos, hubo lentitud en el proceso electoral en el Colegio Agustiniano de Cali, donde se presentaron personas con doble cedulación y antecedentes judiciales, informaron sobre ausencia de los funcionarios de la Registraduría, entrega de dobles tarjetas y compra de votos.

Parte del material electoral que correspondía al municipio de Quimbaya, Quindío llegó erradamente a la ciudad de Cali, las autoridades electorales tomaron de inmediato los correctivos; en Morelia, Caquetá fue denunciado el alcalde municipal por ejercer presuntamente presión sobre los votantes y participar en política. De otra parte en el municipio de Soledad en el Atlántico, fue encontrada una bolsa de tarjetones abierta, se dificultó el acceso a los puestos de votación y se registró una entrada masiva a la cabecera municipal de votantes, que es investigada por las autoridades competentes.


En el municipio de Tenjo, Cundinamarca fue denunciado un servidor público por presunta participación en Política; en Bogotá, las quejas aunque aisladas, se relacionaron con la entrega de tarjetones incompletos, presencia de candidatos en el recinto de votación, suspensión del servicio de luz en uno de los puntos de votación, candidatos realizando campañas políticas y la entrega de mercados por parte de algunos ediles.

En el Valle de San Juan en el departamento del Tolima, la población bloqueó la jornada electoral por el ingreso de una persona desconocida a la Registraduría en altas horas de la mañana; en el departamento de Bolívar, en desarrollo de un allanamiento adelantado en Turbaco se encontraron más de 10 millones de pesos en la residencia de una concejal; y en San Onofre, San Jacinto y Magangue se denunció la entrada masiva de personas en buses.

miércoles, 24 de octubre de 2007

Sancionan Candidatos

El Consejo Nacional Electoral sancionará con las multas previstas en el artículo 39 de la ley 130 de 1994, a los siguientes candidatos que incumplieron con la entrega oportuna del informe sobre el origen y volumen de los recursos en dinero o especie, con que se están financiando sus respectivas campañas. Los candidatos tenían plazo de entregar sus informes hasta el jueves 18 de octubre de 2007, para ser publicados por el Consejo Nacional Electoral en su Página Web; con el fin de que los ciudadanos pudieran conocer el origen del financiamiento de las campañas antes de las elecciones y así ejercer su derecho al voto con suficiente información

Gobernación de Antioquia:
Rodrigo de Jesús Saldarriaga Sanín Polo Democrático Alternativo
Jorge Orlando Gutierrez Serna Movimiento Apertura Liberal
Benicio de Jesús Uribe Escobar AICO

Alcaldía de Medellín:
Luis Guillermo Pardo Cardona Polo Democrático Alternativo
John Bazurto Ciudadanos a lo bien
Gabriel Jaime Rico Partido Conservador
Alonso Salazar Movimiento Alianza Social Indígena

Gobernación del Valle del Cauca:
Alejandro de Lima Bohmer Alas Equipo Colombia
Orlando Riasco Ocampo Polo Democrático Alternativo
Francisco José Lamos Barrios Movimiento Social Afrocolombiano
Fabiola Perdomo Estrada Movimiento Alianza Social Indígena
Francisco Javier Murgueitio Restrepo Partido Conservador

Alcaldía de Cali
Diego Luis Hurtado Anizares Movimiento Nacional Afrocolombiano
Luis Fernando Cruz Gómez Cali no se rinde
Bruno Diaz Polo Democrático Alternativo
Jorge Ivan Ospina Gómez Podemos Cali
Francisco José Lloreda Mera Cali una nueva ciudad
Carlos Urresty Movimiento Alas Equipo Colombia
Jorge Isaac Tobón Espinal Movimiento Apertura Liberal
John Mario Rodriguez Florez Partido Colombia Democrática


Gobernación de Cundinamarca:
· Tarcisio Mora Godoy Polo Democrático Alternativo

Gobernación de Atlántico:
· Alfonso Javier Camerano Fuentes Polo Democrático Alternativo
· Eduardo Ignacio Verano de La Rosa Partido Liberal Colombiano

Alcaldía de Barranquilla:
Zoila María Alvarez Rangel Movimiento Alianza Social Afrocolombiana
Máximo José Noriega Rodriguez Polo Democrático Alternativo
Billy José Hernandez Movimiento Alianza Social Indígena

Gobernación de Santander:
Juan José Landinez Landinez Polo Democrático Alternativo
Carlos Arturo Ferrer Villamil Movimiento Colombia Viva
Horacio Serpa Uribe Partido Liberal Colombiano

Alcalde de Bucaramanga:
Mauricio Mejía Abello Polo Democrático Alternativo
Christian Alberto Arguello Gomez Movimiento Alianza Social Indígena
Fredy Antonio Anaya Martinez Arriba Bucaramanga

Gobernación de Bolívar:
· Dionisio Miranda Tejedor Polo Democrático Alternativo
· Alfonso López Cossio Partido de la U
· César augusto Pion Gonzalez Movimiento Alianza Social Indígena
· Jesús León Puello Chamié Partido Conservador

Alcaldía de Cartagena:
Alfredo José Palis Turbay Movimiento Nacional Afrocolombiano
César Fernando Anaya Cuesta Movimiento Alianza Social Afrocolombiano
Rafael Ernesto Vergara Navarro Polo Democrático Alternativo
Amaury Enrique Martelo Veccho Cartagena si puede
Judith del Carmen Pinedo Flórez Por una sola Cartagena
Miguel Navas Meisel Partido Conservador
Argemiro Bermudez Villadiego Partido Liberal Colombiano
Flavio Enrique Romero Frieri Movimiento Alianza Social Indígena
Yonny Copete Movimiento Colombia Viva

martes, 23 de octubre de 2007

Reglamentada expedición de E-12

La Registraduría dio a conocer la resolución 6404 por la cual se reglamenta la expedición del Certificado para sufragar (Formulario E-12), para las elecciones del 28 de octubre de 2007.

Según la norma, los Registradores Distritales, Municipales y Auxiliares del Estado Civil o sus delegados, expedirán los certificados para sufragar (Formularios E-12), para la votación de las elecciones previstas para el día 28 de octubre del 2007, en los siguientes eventos:

1. En los casos establecidos en el artículo 117 del Código Electoral.

2. A los servidores públicos que con ocasión y en razón de sus funciones hayan sido comisionados, trasladados o hayan presentado alguna situación administrativa que ocasione la movilización de su lugar habitual de trabajo, siempre y cuando la respectiva cédula se encuentre incorporada en el Censo Electoral.

Los funcionarios residentes en la ciudad de Bogotá, D. C., que sean comisionados en una localidad diferente a la que tienen inscrita su cédula, podrán ser autorizados a sufragar en esa localidad.

Designados coordinadores y delegados del Gobierno para el día de las elecciones

El Gobierno Nacional nombró a sus delegados en Bogotá y en cada uno de los departamentos, que se encargarán de velar por el normal desarrollo de los comicios, el próximo domingo 28 de octubre. El grupo de funcionarios estará coordinado por la Viceministra del Interior y el Viceministro de Asuntos Políticos y Temática Internacional del Ministerio de Defensa.

En efecto, el Ejecutivo expidió este martes 23 de octubre el Decreto 4050, que delega en estos funcionarios “la coordinación conjunta con los Delegados del Gobierno en cada una de las entidades territoriales, de la promoción del normal desarrollo de las elecciones y las garantías para el pleno ejercicio de los derechos ciudadanos en todo el territorio nacional”.


Los delegados en Bogotá y en cada uno de los departamentos, de acuerdo con el mismo Decreto, son:

Bogotá, D.C.
Eduardo Muñoz Gómez
Viceministro de Comercio Exterior

Amazonas
Daniel A. García Arizabaleta
Director Instituto Nacional de Vías

Antioquia
Fernando Arbeláez Soto
Viceministro de Agricultura y Desarrollo Rural

Arauca
Juan Carlos Pinzón Bueno
Viceministro de Gestión Institucional Ministerio de Defensa

Atlántico
Edigson Pérez Bedoya
Director Instituto de Planificación y Promoción de Soluciones Energéticas (IPSE)

Bolívar
Guillermo Francisco Reyes González
Viceministro de Justicia

Boyacá
Manuel Fernando Maiguashca Olano
iceministro de Minas y Energía

Caldas
Óscar Edelberto Franco Charry
Director de Impuestos y Aduanas Nacionales

Caquetá
Honorio Miguel Henríquez Pinedo
Director Escuela Superior de Administración Pública

Casanare
Claudia Patricia Mora Pineda
Viceministra de Ambiente
Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo

Cauca
Hernando Carvalho Quinua
Presidente Fondo Nacional del Ahorro

Cesar
Carlos Albornoz Guerrero
Director Nacional de Estupefacientes

Córdoba
Sergio Diazgranados Guida
Viceministro de Desarrollo Empresarial
Ministerio de Comercio, Industria y Turismo

Chocó
Rodrigo Lara Restrepo
Director Programa Anticorrupción de la Presidencia de la República

Cundinamarca
Adriana Mejía Hernández
Viceministra de Asuntos Multilaterales
Ministerio de Relaciones Exteriores

Guaviare
Gilberto Quinche Toro
Presidente Instituto de los Seguros Sociales

Guainía
Leyla Rojas Molano
Viceministro de Agua y Saneamiento
Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo

Huila
Luis Felipe Henao Cardona
Viceministro de Vivienda

La Guajira
Darío Montoya Mejía
Director General del Servicio Nacional de Aprendizaje (Sena)

Magdalena
Gloria Inés Cortés Arango
Viceministra de Hacienda

Meta
Eva María Uribe Tobón
Superintendente de Servicios Públicos Domiciliarios

Nariño
Luis Alfonso Hoyos Aristizábal
Alto Consejero Presidencial para la Acción Social

Norte de Santander
Oscar Orlando Rueda García
Viceministro de Turismo
Ministerio de Comercio, Industria y Turismo

Putumayo
Juana Inés Díaz Tafur
Viceministra de Educación

Quindío
Fernando Sanclemente Alzate
Director Aeronáutica Civil

Risaralda
Rodolfo Campo Soto
Gerente General INCODER

San Andrés, Providencia y Santa Catalina
Elvira Forero Hernández
Directora ICBF

Santander
Blanca Elvira Cajigas de Acosta
Viceministra de Salud y Bienestar
Ministerio de la Protección Social

Sucre
José Renán Trujillo García
Superintendente Nacional de Salud

Tolima
Andrés Fernando Palacio Chaverra
Viceministro de Relaciones Laborales
Ministerio de la Protección Social

Valle
Juan Guillermo Ángel Mejía
Consejero Presidencial para Chocó y San Andrés

Vaupés
Everth Bustamante García
Director Coldeportes

Vichada
Álvaro José Soto García
Gerente Instituto Nacional de Concesiones

Decálogo del Voto Vital

1.Amarás tu voto como expresión de tu fuerza vital. No te quedarás en casa: sería regalar tu voto a los corruptos.

2.No venderás tu voto: de hacerlo ganarías poco y perderías mucho.

3.Votarás en tu pueblo para incidir en él. No botarás el voto votando en otra parte.

4.Votarás con criterio, por quien te convenza de que va a servir a tu comunidad.

5.No apoyarás a los que defienden o apoyan la violencia.

6.No te dejarás engañar ni seducir ni emocionar: ni por el bonito, ni por el simpático, ni por el que promete favores personales; apoyarás candidatos serios, bien preparados, con buenos antecedentes y sin sospechas.

7.Mirarás con quien andan los candidatos: si se han metido con gente corrupta o violenta, se van a aprovechar de todos nosotros.

8.Hablarás con los amigos y la familia y discutirás con ellos tus criterios y las razones de tu voto.

9.Verás si los candidatos se comprometen con lo importante: educación y salud de calidad para todos, los problemas graves del municipio. Y si muestran cómo lo van a lograr.

10.En resumen, escogerás tu mismo y no dejarás que los demás escojan por ti. Si dejas que escojan por ti no podrás reclamar si los elegidos salen mal. Y ayudarás a que los demás escojan con máxima libertad y pensando en su responsabilidad. Al fin y al cabo, los políticos que tenemos los hemos escogido entre todos.

NOTA:
LA CAMPAÑA VOTO VITAL es una red de organizaciones de la sociedad civil que busca transformar la cultura democrática del país, mejorando la calidad del voto.
ver más

sábado, 20 de octubre de 2007

Llegaron veedores internacionales

Veedores internacionales de organizaciones sociales de ocho países llegarán a Colombia para vincularse a la Misión de Observación Electoral (MOE) y vigilar el proceso electoral colombiano en algunas de las regiones con mayores riesgos por diversos factores de violencia y corrupción.
Son 42 representantes de organizaciones de la sociedad civil en Estados Unidos, Alemania, Holanda, Suecia, Francia, Bélgica, Ecuador y Venezuela, quienes se desplazarán a lugares de alto impacto para acompañar y fortalecer el sistema democrático en la medida en que incrementa la legitimidad y transparencia de los comicios en el país, según la directora de la MOE, Alejandra Barrios.

Ocho de los observadores internacionales se trasladarán a Santa Marta, considerada como ciudad de riesgo extremo, por la presencia de bandas emergentes, reductos no desmovilizado, violaciones a la libertad de prensa, confrontación armada y presencia de las FARC, según el mapa de riesgos.

En Arauca y en Magangué, donde se evidenciaron irregularidades en las elecciones para Congreso el año pasado (formularios que son diligenciados por los jurados de votación, según la MOE) y con presencia paramilitar, estarán respectivamente seis y cinco observadores internacionales.

Una de las ciudades con mayores riesgos de violencia política, Neiva, tendrá dos delegados internacionales de la Misión, mientras que en Bogotá habrá 12 veedores, teniendo en cuenta que en la capital colombiana hay irregularidades tradicionales, como personas difuntas que votan y personas vivas que aparecen como muertas y no pueden sufragar.

La MOE realizará previamente un seminario con todos los observadores para informarlos sobre la legislación colombiana y los diversos tipos de riesgos detectados en por lo menos 576 municipios.

Fuente Caracol Radio

miércoles, 17 de octubre de 2007

Gobierno expidió decreto para elecciones

Se trata del Decreto 3950 del ministerio del Interior y Justicia por el cual
se dictan normas para la conservación del orden público durante el período de elecciones de autoridades y corporaciones públicas territoriales y se dictan otras disposiciones.

Dentro de lo reglamentado para la jornanda electoral se destaca:

-A partir del lunes 22 de octubre y hasta el lunes 29 de octubre de 2007, solo podrán efectuarse reuniones de carácter político en recintos cerrados.

- Durante el día de elecciones, se prohibe a los concesionarios del servicio de radiodifusión sonora, escrita en general y a todas las modalidades de televisión legalmente autorizadas en el país, difundir propagada política y electoral, así como la realización o publicación de encuestas, sondeos o proyecciones electorales.

- corresponde a los alcaldes y registradores municipales, a través de un acto conjunto, regular la forma, características, lugares y condiciones para la fijación de carteles, pasacalles, afiches y vallas destinadas a difundir propaganda electoral.

- podrán ejercer el derecho al voto las personas mayores de ochenta (80) años o quienes padezcan problemas avanzados de visión con un acompañante.

- Cuando los medios de comunicación difundan datos parciales, deberán indicar la fuente oficial en los términos de este artículo, el número de mesas del cual proviene el resultado respectivo, el total de mesas de la circunscripción electoral y los porcentajes correspondientes al resultado que se ha suministrado.

- Queda prohibido en todo el territorio nacional la venta y el consumo de bebidas embriagantes y porte de armas desde las seis (6) de la tarde del día viernes 26 de octubre hasta las seis (6) de la mañana del día lunes 29 de octubre de 2007).

Reglamentan participación de los Auditores de Sistemas en los comicios

El Consejo Nacional Electoral expidió la resolución 1742 de 2007 en la cual se reglamenta la participación de los Auditores de Sistemas designados por los partidos y movimientos políticos con personería jurídica o por los grupos significativos de ciudadanos para realizar el seguimiento del proceso electoral del 28 de octubre de 2007 - Elección de Gobernadores, Alcaldes Distritales y Municipales, Diputados, Concejales Distritales y Municipales y Miembros de Juntas Administradoras Locales.

De ese modo se establece que los Auditores de Sistemas acreditados podrán inspeccionar y presenciar los diferentes procesos de sistematización de la Registraduría Nacional del Estado Civil.

La norma determina que los auditores podrán ejercer su función, incluso durante los escrutinios, cuando dicha actividad se esté desarrollando con recursos informáticos.

sábado, 13 de octubre de 2007

Habrá vigilancia en 97% de puestos de votación

El ministro del Interior Carlos Holguín dijo en la reunión del Comité Interinstitucional para el seguimiento de elecciones que el 97,34 por ciento de los puestos de votación tendrán a la Fuerza Pública. 264 puestos en zonas apartadas (2,66 por ciento) no tendrán protecciòn alguna. En 2003 se cubrieron el 57,42 por ciento del total de puestos de votación.

martes, 9 de octubre de 2007

Reglamentan actividad de testigos electorales

La resolución 1799 del Consejo Nacional Electoral Modificó la Resolución 1608 del 9 de octubre de 2007 Por la Cual se Reglamenta la actividad de los Testigos electorales.

La norma afirma que:
Modifíquese el artículo primero de la Resolución 1608 de 2007, el que quedará de la siguiente manera: “Artículo Primero: En ejercicio de la función pública y transitoria que la ley otorga a los testigos electorales, y solo para facilitar el cabal cumplimiento de la misma, podrán utilizar los medios técnicos o manuales que consideren necesarios para registrar el desarrollo de los escrutinios.”

lunes, 8 de octubre de 2007

MOE rechaza actos violentos contra candidatos

La Misión de Observación Electoral -MOE rechaza categóricamente el asesinato del candidato a la alcaldía de Samaná, Caldas Jesús Albeiro Montoya y el atentado del que fue víctima Héctor Copete, candidato a la alcaldía de Buenaventura, ambos aspirantes a estas corporaciones públicas por el Partido de la U. Este es el segundo atentado contra Copete, quien el pasado 11 de septiembre había sido baleado cuando salía de su casa.
La Misión de Observación Electoral -MOE señaló desde el 27 de septiembre en la presentación de los mapas de riesgo electoral por violencia, y reitera que estos municipios se encuentran en alto riesgo.

La semana pasada durante la presentación de la Misión de Observación Electoral en el departamento de Caldas, la investigadora Claudia López, quien hace parte del equipo técnico del Mapa de Riesgo Electoral de la MOE, hizo énfasis en la necesidad de que las autoridades hicieran especial seguimiento al municipio de Samaná, amenazado por acciones de las FARC, bandas emergentes y confrontación armada.

“Los Mapas de Riesgo de la MOE justamente buscan señalar los lugares donde el normal desarrollo de las elecciones corre algún grado de riesgo. Buenaventura y Samaná son dos ejemplos de municipios en riesgo extremo por violencia política, una realidad que dolorosamente los hechos nos están confirmando”, aseguró Alejandra Barrios, directora ejecutiva de la MOE.

ver cuadro hechos de violencia contra candidatos

lunes, 1 de octubre de 2007

El Consejo Electoral y Registraduría deben ser autónomos e independendientes, dice Procuraduría

Imponer la pertenencia a un partido o movimiento político como condición para acceder a los cargos de Secretario General de la Registraduría, Delegado del Registrador, registradores Distrital y Municipal, jurado de votación y clavero vulnera la Constitución. Favorecer sólo a los dos partidos mayoritarios es contrario a los principios democráticos. Y permitir que el Consejo Nacional Electoral (CNE) intervenga en asuntos internos de la Registraduría Nacional del Estado Civil es una invasión a la autonomía administrativa, funcional y presupuestal.

Así lo consideró el procurador Edgardo Maya Villazón al solicitar, en un concepto, a la Corte Constitucional declarar contrario a la Carta Política de 1991 apartes contenidos en 13 artículos del decreto 2241 de 1986. En las disposiciones se fijan las funciones del CNE, las del Registrador Nacional del Estado Civil, la inscripción de listas, la elección de las comisiones escrutadoras y su conformación, la dirección y la vigilancia de los comicios.

El Jefe del Ministerio Público acogió los fundamentos de una demanda instaurada por los abogados Rodrigo Uprimy, Natalia Sandoval, Pedro Santana y Omar Hernández, quienes consideraron que las normas cuestionadas vulneran la Constitución, la Declaración Universal de los Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

En el pronunciamiento se coadyuvo la demanda y se pidió a la Corte dar trámite de urgencia para que su debate y pronunciamiento se produzca dentro del menor tiempo posible por involucrar temas relacionados con las elecciones y el nombramiento del Registrador. Por esta razón, El Procurador no hizo uso de los 30 días hábiles que le otorga la ley para emitir su concepto.

También planteó en su análisis que la Constitución no contempla una relación de subordinación derivada ni un poder jerárquico entre el CNE y la Registraduría por lo cual debe existir una independencia en las actividades de ambas entidades mediante el respeto de la autonomía administrativa, de funciones y de presupuesto. Esto llevó al Procurador a solicitar declarar contrario a la Constitución el apéndice del Código electoral que facultan al tribunal electoral para ejercer ese tipo de tutela.

El Procurador concluyó en el concepto que el nominador del Registrador, en este caso los magistrados de la Corte Constitucional, la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado, son quienes tienen la facultad de removerlo de su cargo.

Los artículos cuestionados establecen como requisito para acceder a los cargos de Secretario General de la Registraduría, delegados del Registrador y Registrador Distrital, su previa afiliación a un partido o movimiento político. Esta exigencia, a juicio del Procurador, coarta la libertad a tener filiación política e impide el acceso a desempeñar cargos públicos y desconoce la condición pluralista y participativa del Estado.

Además, el Código Electoral actualmente garantiza sólo a los dos partidos políticos que hayan obtenido la mayoría en las últimas elecciones una representación paritaria en la organización electoral. En este punto, el concepto expresó que “las minorías deben ser destinatarias de un trato legal especial que les permita ser actores reales en la dirección política del país en aras de la materialización de un orden justo y de la consecución de la convivencia pacífica. En ese orden, teniendo en cuenta que el precepto en tela de juicio desconoce por completo la concepción pluralista del Estado Social de Derecho, el Despacho solicitará su retiro del ordenamiento jurídico”.

Respecto a la elección del Registrador, el Procurador consideró que existe una contradicción técnico – legal en la Constitución, según la cual, el numeral 2 del artículo 265 de la Constitución, el CNE tiene como función elegir y remover al Registrador. Sin embargo, el artículo siguiente, el 266, establece que el titular de la Registraduría será escogido por los presidentes de la Corte Constitucional, la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado mediante concurso de méritos.

La existencia de una aparente contradicción constitucional percibida luego del análisis de las disposiciones llevó al Procurador a solicitar a la Corte Constitucional resolverla a favor de la autonomía del Registrador, indicó el concepto entregado a consideración del alto tribunal.

La norma demandada, el numeral 1 del articulo 12 del decreto 2241 de 1986, a su vez señala como función del CNE la elección del Registrador y a su reemplazo.

Incisos demandados: Para armonizar la norma con la Constitución el Jefe del Ministerio Público pidió declarar inexequible lo siguiente: el artículo 10; los numerales 1, 2, 4, 5 y 6 del artículo 12; el numeral 22 del artículo 26 del Decreto 2241 de 1986 “Código Electoral”; las expresiones “con aprobación del Consejo Nacional Electoral”, contenidas en los numerales 7, 8 y 16 del artículo 26 y en el artículo 75; la expresión “previo concepto del Consejo Nacional Electoral” contenida en el artículo 79; la expresión “previo concepto favorable del Consejo Nacional Electoral” contenida en el artículo 85; la expresión “quien será de distinta filiación política a la suya” contenida en el numeral 8 del artículo 26; las expresiones “de filiación política distinta” contenidas en los artículos 32 y 40; la expresión “de distinta filiación política” contenida en el parágrafo del artículo 47 y en el artículo 157; la expresión “pertenecientes a diferentes partidos políticos, en forma tal que no existan jurados homogéneos, aún en aquellos lugares donde únicamente haya afiliados a una sola agrupación partidista. En este caso se nombrarán como jurados: de otros partidos a ciudadanos de lugares próximos y para ello podrá requerirse la colaboración de las autoridades y de las directivas políticas.” contenida en el artículo 101; el artículo 102; la expresión “Si habiendo varios Jueces Municipales, el Alcalde y el Registrador del Estado Civil fueren de la misma filiación política del Juez que debe actuar como clavero, hará entonces sus veces un Juez Municipal de filiación distinta a la de aquéllos, dentro del orden de precedencia señalado en el inciso anterior. En el caso de que los claveros municipales sean de la misma filiación política. el Gobernador, Intendente o Comisario designará para este solo efecto un Alcalde ad hoc, de filiación distinta a la de los dos (2) claveros restantes.” y “en forma tal que los tres (3) claveros no pertenezcan a un mismo partido.” contenida en el artículo 149, del Decreto 2241 de 1986 “Código Electoral” y la expresión “que incluye” contenida en el literal b) del artículo 11 del Decreto 111 de 1996.

sábado, 29 de septiembre de 2007

Ojos bien abiertos

El panorama que pinta la MOE para las elecciones de octubre, más que disputas, debe crear conciencia para mitigar los riesgos que se avecinan.

Fecha: 09/29/2007 -1326

Los colombianos tienen por delante una tarea de dimensiones gigantescas por realizar en un plazo muy corto: desactivar el mayor número de riesgos que amenazan las elecciones del 28 de octubre y garantizar que la democracia gane el espacio que las organizaciones ilegales, las malas costumbres, la escasa cultura política y los delitos electorales le han quitado.

El sacudón que significaron las investigaciones en la Corte Suprema de Justicia por nexos de congresistas, alcaldes, diputados y concejales con grupos paramilitares aumentó la atención sobre la situación electoral en todo el país. Y es que si se sabía que el panorama era complejo para los próximos comicios, los Mapas de Riesgo Electoral presentados esta semana por la Misión de Observación Electoral (MOE) lo complican aun más.

Los hechos de violencia registrados en estadísticas oficiales, municipio por municipio, y los antecedentes de comportamientos electorales, principalmente, muestran un panorama inquietante de las condiciones en las que se desarrollarán las elecciones. Condiciones que el mismo procurador general, Edgardo Maya, ha visto como poco idóneas, hasta el punto de decir que con el actual sistema electoral, "no se deberían hacer elecciones".

El estudio sostiene que 567 municipios del país tienen algún riesgo electoral por violencia, según datos del último año. Y que es posible afirmar que en 328 hay riesgo de anomalías e irregularidades electorales.

El mapa de Colombia enrojecida presentado por la MOE, que pretende sobre todo ser una alerta temprana que estimule medidas de prevención, levantó la ira del gobierno. El ministro del Interior, Carlos Holguín, no comparte el resultado del informe de las organizaciones sociales, pese a que acepta que algunas medidas de contención son necesarias en al menos 79 municipios.

La MOE considera ajustado su estudio y advierte que lo que pasa ahora es que nunca antes se habían consolidado las variables que permiten ver la dimensión de los problemas. "Estábamos llegando a elecciones sin saber cuál era el panorama. Se acostumbraba llegar a partir de chismes. Este es un ejercicio de construir indicadores a partir de información oficial, le creemos al Estado y a sus números y estos son los resultados", dice Alejandra Barrios, directora de la MOE.

Sin embargo ambos, gobierno y MOE, aceptaron revisar los números con comisiones técnicas que empezarán la tarea esta semana. Pero el lío de las cifras no resuelve los problemas reales que día a día se perciben en todo el país. A tan sólo cuatro semanas del día de elecciones, el estudio de la MOE se lanza a recomendar acciones para mitigar el riesgo a corto, a mediano y a largo plazo, por parte del Estado, de los partidos, de la sociedad civil, de los medios de comunicación y del sector privado.

A los partidos, las recomendaciones en buena parte apuntan a que se cumplan las leyes: que rechacen los apoyos de los grupos armados, que no se vuelen los topes de campaña, que tengan controles para otorgar los avales; que envíen las listas de los testigos electorales a la Registraduría para que estén capacitados.

A la sociedad civil, la invitación es a que aumente la vigilancia sobre el certamen electoral "no sólo en la cantidad, sino la calidad". La misma MOE es muestra de ello. La organización de esta misión electoral ha capacitado 10.000 ciudadanos para que sean observadores en 15 departamentos. La OEA también se vinculará con sus delegados, no sólo el día de las elecciones, sino varios días antes.

El gobierno tiene estrategias de control territorial. Cuenta con un comité de control de riesgo que define los pasos a seguir para blindar la seguridad a los candidatos. Este punto es el más vulnerado por los armados ilegales que hasta el momento han asesinado, secuestrado, y amenazado candidatos en distintos departamentos del país.

Los mapas de riesgo electoral son un aporte inicial a la disciplina con la que se miran los riesgos a la democracia. Y más que enredarse en los números que se reportan, el país necesita que toda la concentración se enfoque en preservar los valores democráticos.

FUENTE REVISTA SEMANA

lunes, 17 de septiembre de 2007

"No suspenderemos elecciones en ninguna parte del país": Mininterior

El ministro del Interior y de Justicia, Carlos Holguín Sardi, ratificó que el Gobierno Nacional continuará brindando las garantías necesarias para que las elecciones regionales del próximo 28 de octubre se cumplan con transparencia en todo el territorio nacional.

Holguín, quien hizo la afirmación durante la teleconferencia ‘A voto limpio’, también repudió el asesinato del candidato liberal Jairo Casanova Rosero, quien aspiraba al cargo de alcalde de Puerto Guzmán (Putumayo).

“No suspenderemos las elecciones en ninguna parte del territorio nacional; se están tomando todas las medidas para dar garantías. Este era un candidato amenazado, era un candidato protegido, que lamentablemente fue asesinado en un acto vil y repudiable”, señaló el titular de la cartera del Interior.

El Ministro dijo que el Gobierno está trabajando de manera conjunta con las Fuerzas Militares y de Policía, así como con alcaldes y gobernadores, para que en las próximas elecciones no exista injerencia de los grupos armados al margen de la ley, ni del narcotráfico ni de funcionarios públicos que emplean el erario en favor de un candidato en particular, violando de esta manera la ley.

Igualmente, invitó a la ciudadanía para que no permitan la compra y venta del voto, pues son delitos que se pagan con cárcel. “Es tan culpable el que compra como el que vende el voto”, afirmó Holguín Sardi.

En la teleconferencia ‘A voto limpio’ estuvieron presentes, también, la viceministra del Interior, María Isabel Nieto; el registrador Juan Carlos Galindo y el procurador general de la Nación encargado, Carlos Gómez Pavajeau.

El Procurador encargado indicó que la campaña ‘A voto limpio’ respalda y fortalece la democracia e invitó a la ciudadanía para que “no vote su voto, porque cuando una comunidad elige a una persona inhabilitada se deben volver a hacer elecciones, lo que significa quitarle a la región recursos importantes para la inversión social”.

Mientras tanto, el Registrador afirmó que este proceso electoral involucra a todos los ciudadanos porque “entre todos debemos cuidar la democracia.”

Así va la campaña ‘A voto limpio’

Este programa se ha desarrollado en tres etapas:

1. Funcionarios de alto nivel viajaron por todo el país. Se logró que los 32 departamentos se unieran a la campaña y firmaran el pacto por la transparencia ‘A voto limpio’. Hasta la fecha, 848 alcaldes han firmado el pacto; es decir, el 83 por ciento de los municipios colombianos.
2. Con la Policía y los Sistemas de Inteligencia se logró identificar el mapa de riesgo electoral y en compañía de ONG, universidades, partidos políticos y sector privado se ha logrado la socialización de este mapa. El Comité de Seguimiento Electoral es el escenario en el cual se da a conocer esta información.
3. Con el Plan Democracia los altos mandos militares se hacen presentes otorgando garantías en todo el territorio para que se puedan realizar las elecciones con transparencia.

El ministro Holguín Sardi invitó a la ciudadanía a votar limpiamente el próximo 28 de octubre y a denunciar cualquier anomalía electoral a la Unidad de Reacción Inmediata Electoral (URIEL), a la línea 01 8000 912005 o al correo electrónico elecciones2007@mij.gov.co

jueves, 6 de septiembre de 2007

Proponen tipificar como delito manipulación de encuestas


La manipulación del proceso o de los resultados de una encuesta, que luego sea transmitida a la opinión, puede dar al traste con una candidatura a pesar de contar con una mucha mayor intención de voto.

Así lo estimaron el representante Germán Navas y los congresistas Franklin Legro y Carlos Arturo Piedrahita.
Ellos son los autores de un proyecto de Ley que plantea incorporar al Código Penal un artículo 396 A del siguiente tenor:

Artículo 396 A. Fraude en encuesta o sondeo electoral. El que por cualquier medio manipule encuesta o sondeo de opinión sobre preferencias electorales o altere sus resultados o los divulgue sin verificar su confiabilidad, incurrirá en prisión de uno a tres años. La pena se reducirá a la mitad si la alteración o divulgación hubieren sido culposas.

El proyecto entra a estudio de la comisión Primera de Cámara de Representantes.

ver texto radicado.

martes, 28 de agosto de 2007

Procuraduría reveló lista de inhabilitados

Un total de 269 candidatos a las elecciones de octubre próximo no pueden ocupar cargos públicos por pesar en su contra inhabilidades derivadas de sanciones penales, disciplinarias, fiscales, por perdida de investidura y profesiones liberales.

La Registraduría Nacional del Estado Civil, envió a la Procuraduría General de la Nación, en varias entregas, un listado de 77.713 candidatos a cargos de elección popular para identificar a aquellos que están incursos en inhabilidades para ser elegidos como gobernadores, alcaldes, diputados, concejales y ediles.

Tras cruzar las bases de datos con el Sistema de Información de Registro de Sanciones y Causas de Inhabilidad SIRI, que recogen los reportes remitidos por los autoridades judiciales y administrativas encargadas legal y reglamentariamente de ello, se encontró que contra los 269 inhabilitados pesan en total 421 sanciones, 74 de ellas son derivadas de condenas por inasistencia alimentaria.

Consulte listado general

Sobre la cifra entregada hoy por la Procuraduría General de la Nación es necesario tener en cuenta que:

Puede incrementarse por cuanto la Registraduría Nacional del Estado Civil tiene aún pendiente de enviar a la Procuraduría un total de 343 registros para verificar; por las sanciones o condenas que puedan o pudieran imponerse después del 10 de agosto pasado, o que habiéndose proferido con anterioridad a esa fecha no hubiesen sido reportado por las autoridades responsables.
Puede reducirse teniendo en cuenta que los responsables fiscales pudieron o pueden cancelar los montos pendientes después del 10 de agosto, fecha de corte de la información procesada por la Procuraduría General de la Nación, caso en el cual según la ley, se debe cancelar automáticamente la inhabilidad.

NOTAS:
El sistema de información SIRI, recogió la información que remitieron los funcionarios judiciales competentes hasta el 10 de agosto pasado, sobre inhabilidades derivadas de sanciones disciplinarias, fiscales, penales, de perdida de investidura y a profesiones liberales, así:

1.- Condena en cualquier tiempo por delitos que afecten el patrimonio del Estado. Quien haya sido declarado responsable fiscalmente será inhábil para el ejercicio de cargos públicos y para contratar con el estado durante los cinco (5) años siguientes a la ejecutoria del fallo correspondiente.

2.- Condena en acción de repetición o en llamamiento en garantía “salvo que asuma con cargo a su patrimonio el valor del daño”. Se impone a quien hubiere desempeñado función pública y que por su actuación dolosa o gravemente culposa dio lugar a que el Estado fuera condenado.

3.- Condena a pena privativa de la libertad por delito doloso. Se constituye en inhabilidad para quien infringe la ley penal y es condenado a pena superior a cuatro años, dentro de los 10 años anteriores, a excepción del delito político, cuya comisión no genera inhabilidad.

4.- Haber sido sancionado disciplinariamente 3 o más veces en los últimos cinco años por faltas graves o leves dolosas o por ambas, genera inhabilidad durante 3 años contados a partir de la ejecutoria de la última sanción. Hace relación a la reiteración de la comisión de faltas disciplinarias, con lo cual se pretende que la función publica a desempeñar sea por ciudadanos que no hayan quebrantado el orden jurídico durante los últimos cinco (5) años.

5.- Hallarse en estado de interdicción judicial o inhabilitado por una sanción disciplinaria o penal. Se trata de la inhabilidad que surge de la sanción accesoria a la pena principal que impone un juez de la República o por el Ministerio Público, por la comisión de un delito o falta disciplinaria.

6.- Hallarse suspendido en el ejercicio de su profesión o excluido de esta, cuando el cargo a desempeñar se relacione con las misma. Hace referencia a las sanciones que imponen los organismos encargados de vigilar el ejerció de profesiones independientes.

7-. Haber sido declarado responsable fiscalmente (Cesa cuando se haya recibido el pago o cuando la Contraloría excluye del boletín de responsables fiscales). Surge a partir de una condena que realice la Contraloría General de la República y las Contralorías Departamentales, y cuyo pago no se haga efectivo.

8-. Haber perdido la investidura como congresista, diputado o concejal. Es la sanción que impone la Jurisdicción Contencioso Administrativo, luego de un proceso adelantado por la comisión de hechos contrarios al ejercicio de sus funciones como Congresistas registradas desde 1991 y como diputados o concejales desde el año 2000.

La responsabilidad de informar oportunamente a la Procuraduria General de la Nación, sobre las sanciones impuestas, para que sean incluidas en el sistema de Información de Registro de Sanciones y Causas de Inhabilidad SIRI, está legalmente asignada de acuerdo a las competencias:

1. Las inhabilidades derivadas de pena principal o accesoria de interdicción de derechos y funciones públicas, deben reportarlas a la Procuraduría General de la Nación para realizar el correspondiente registro:

· El Secretario de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia

· El Secretario de la Sala Penal de Tribunal Superior de Distrito Judicial,

· El Juez que haya proferido la sentencia de primera instancia,

· El Juez de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad o quien haga sus veces.

(Artículo 174 del Código Único Disciplinario, Resoluciones 143 de 2002 y 191 de 2003 del Procurador General de la Nación; Acuerdo 1476 de 2000 de la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura )

2. Las inhabilidades generadas a partir de sanciones disciplinarias, deben ser reportadas por:

· El Secretario de la primera o única instancia del Consejo Superior de la Judicatura, o de los Consejos Seccionales de la Judicatura, según el caso.

· Entre las demás autoridades, el funcionario que falló en primera o única instancia.

(Artículos 174 , 37 y 38 del Código Único Disciplinario, Resoluciones 143 de 2002 y 191 de 2003 del Procurador General de la Nación.)

3. En el caso de las sanciones derivadas de juicios de responsabilidad fiscal, el deber de reportar recae sobre la Contraloría General de la República, así:
· El Contralor Delegado para Juicios Fiscales y Jurisdicción Coactiva y los gerentes departamentales.

· Los Contralores Territoriales, Departamentales, Distritales y Municipales.

(Artículo 174 del Código Único Disciplinario, Resoluciones 143 de 2002 y 191 de 2003 del Procurador General de la Nación.)

4. En cuanto a las pérdidas de investidura, compete informar sobre las decisiones en este sentido a:

· El Secretario General del Consejo de Estado en el caso de las decisiones contra congresistas.

· Al Secretario del Tribunal Contencioso Administrativo, que profirió el fallo de primera instancia, respecto de los Diputados y Concejales.

(Artículo 174 del Código Único Disciplinario, Resoluciones 143 de 2002 y 191 de 2003 del Procurador General de la Nación; Acuerdo 1476 de 2000 de la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura )

5. Las sanciones impuestas a profesionales independientes, deben ser reportadas por:

· El Secretario del Consejo Seccional de la Judicatura que emitió el fallo de primera instancia contra los abogados que sanciona.

· El Secretario del órgano colegiado o funcionario encargado de fallar en primera instancia.

(Artículo 174 del Código Único Disciplinario, Resoluciones 143 de 2002 y 191 de 2003 del Procurador General de la Nación; Acuerdo 1476 de 2000 de la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura )

jueves, 16 de agosto de 2007

269 Candidatos inhabilitados: informe parcial de la PGN

La Procuraduria General de la Nación encontró que al menos 269 aspirantes a cargos de elección popular están inhabilitados para desempeñar cargos públicos, según el registro el sistema de información SIRI con corte al 10 de agosto de 2007.
Este informe parcial se sustenta en los datos que ha enviado hasta el momento la Registraduría Nacional del Estado Civil, a la Procuraduria General de la Nación, para identificar a aquellos que están incursos en inhabilidades para ser elegidos como gobernadores, alcaldes, diputados, concejales y ediles.
Hasta el momento son 269 los candidatos que registran inhabilidades legales y las derivadas de sanciones penales, disciplinarias, fiscales, por pérdida de investidura y profesiones liberales, y en un elevado número de casos un solo candidato registra más de una sanción. Sobre los 269 candidatos inhabilitados pesan 421 sanciones.
Es pertinente señalar que aún no se ha procesado toda la información, pues algunos registros debieron ser reenviados a la Registraduría Nacional del Estado Civil por presentar inconsistencias.
Los candidatos inhabilitados pertenecen a 24 partidos y movimientos políticos, ocho de ellos registran en sus listas solo un inhabilitado, mientras que los partidos que más candidatos inhabilitados registraron fueron en su orden el Partido Conservador, el Partido de la U y el Movimiento Alas Colombia.

PARTIDO POLITICO (el número corresponde a los inhabilitados)

- GIGANTE VIVA 1

- HACIA UN NUEVO ROSAS 1

- MOVIMIENTO " MIRA " 1

- MOVIMIENTO AUTORIDADES INDIGENAS DE COLOMBIA "AICO 1

- MOVIMIENTO NACIONAL AFROCOLOMBIANO "AFRO" 1

- SALVACION NACIONAL 1

- SOÑANDO FUTURO 1

- UNIDOS POR GACHETA 1

- BELLO INDEPENDIENTE 2

MOVIMIENTO ALIANZA SOCIAL AFROCOLOMBIANA "ASA" 2

- TOMANDO PARTIDO 2

- MOVIMIENTO ALIANZA SOCIAL INDIGENA 8

- PARTIDO VERDE OPCION CENTRO 10

- MOVIMIENTO POLITICO "AFROUNINCCA" 11

- MOVIMIENTO APERTURA LIBERAL 12

- MOVIMIENTO COLOMBIA VIVA 14

- PARTIDO POLO DEMOCRATICO ALTERNATIVO 14

- PARTIDO CAMBIO RADICAL COLOMBIANO 17

- PARTIDO COLOMBIA DEMOCRATICA 21

- PARTIDO CONVERGENCIA CIUDADANA 27

- PARTIDO LIBERAL COLOMBIANO 27

- MOVIMIENTO ALAS-EQUIPO COLOMBIA 28

- PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL " PARTIDO DE LA U" 28

- PARTIDO CONSERVADOR COLOMBIANO 38

TOTAL 269

Para apoyar a los partidos y movimientos políticos, a los movimientos y organizaciones sociales a que tomaran decisiones acertadas al otorgar avales a los candidatos, el Procurador General de la Nación ofreció en junio pasado, expedir gratuitamente los antecedentes disciplinarios, fiscales, penales y de pérdida de investidura de los aspirantes, sin embargo solo cuatro partidos solicitaron el trámite: tres en Bogotá y uno en el departamento de Caldas.

Ante la evidencia sobre las inhabilidades, el Jefe del Ministerio Público invita a los partidos y movimientos políticos a que consideren la posibilidad de retirar el aval a los candidatos inhabilitados a través de los mecanismos que cada uno tenga previsto en sus estatutos

Nota: Las inhabilidades que se tuvieron en cuenta son las descritas en la ley 734 de 2002, Ley 617 del 2000 Artículo 30 Numeral 1; Constitución Política Artículo 304; Ley 617 del 2000 Artículo 33 Numeral 1; Ley 617 de 2000 Artículo 37 Numeral1; Ley 617 de 2000 Artículo 43 Numeral 1 y Artículo 66 del Decreto Ley 1421 de 1993.

Entutelado tarjetón electoral

Hipólito Moreno pidió que en el tarjetón del Concejo aparezca su nombre y su foto, como ocurrió con los candidatos a las alcaldías y gobernaciones. Mediante una acción de tutela interpuesta ante el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, el ex - presidente del Concejo y candidato del Partido de la U señaló que existe un trato desigual y discrimatorio por parte de la Registraduria Nacional del Estado Civil.

270.000 ciudadanos de 1.300.000, que votaron en las elecciones para Cámara de Representantes por Bogotá en el año 2006, terminaron marcando tarjetones que fueron declarados nulos o no marcados, porque no tenían foto ni nombre; mientras que las presidenciales, con foto y con nombre, en donde votaron 2.100.000 los votos nulos y no marcados fueron solo 20.000, informó el peticionario al Tribunal.

El dirigente dijo que los “los electores escogen personas, no logos, ni números”.

miércoles, 15 de agosto de 2007

Canal comunitario sería multado, piden sanción ejemplar

Luego de las denuncias documentadas que entregó el senador Hugo Serrano, ante la Comisión Nacional de Televisión, el ente anunció que abrirá investigación a un canal en Santander por manejo inadecuado de información con fines electorales. Ricardo Galán, directivo de la comisión de TV, aclaró que tal investigación podrá derivar en multas o incluso la suspensión del canal comunitario. El senador Serrano afirmó que dicho canal es manejado con criterios politiqueros y solicitó investigar el manejo que se viene dando a la pauta publicitaria desde la gobernación de Santander. Además, reclamó el derecho al equilibrio en la información. «En Santander hay medios de información en donde me tienen vetado, si me llegan a entrevistar les quitan la pauta publicitaria. Afortunadamente yo tengo otras vías de expresarme como en este escenario del Congreso Nacional», aseguró el senador Serrano. «No voy a permitir que me sigan insultando por la televisión de Santander, voy a acudir a los medios que me da la Ley para evitar eso», dijo. «Como un hecho que es totalmente irregular, en esos programas, han dedicado hasta una hora para hablar de mi gestión y de mis calidades personales», aseveró Serrano. Serrano fue citante a un debate en la comisión Quinta de Senado sobre el uso del espectro electromagnético en un canal comunitario de Santander y le entregó a la ministra de Comunicaciones, Maria del Rosario Guerra, y al presidente de la Comisión Nacional de Televisión, Ricardo Galán Osma, una recopilación de varias horas de grabación del canal de Televisión Local Ciudadana del Área Metropolitana de Bucaramanga (TVC).
Durante esa sesión, el senador José David Name también acusó al canal TV3, de la ciudad de Barranquilla, por incurrir en proselitismo y propaganda política para la Gobernación del Atlántico.

Comunicado MOE

Misión de Observación rechaza amenazas de FARC en Arauca

La Misión de Observación Electoral -MOE rechaza categóricamente las amenazas de las FARC, enviadas en un comunicado dirigido a varios medios de comunicación de Arauca, tanto a los aspirantes como a los actuales jefes de las corporaciones públicas del departamento (gobernador, diputados, alcaldes y concejales), a quienes les pide la renuncia.

La Misión de Observación Electoral -MOE llama la atención de la opinión pública sobre la valerosa actitud de los periodistas que se han negado a hacer eco del comunicado de las FARC y sobre el hecho de que a quienes se les pide la renuncia son representantes democráticamente elegidos.

“Para construir la sociedad democrática que todos queremos basta con la confrontación de las ideas en debates abiertos y participativos que poco a poco vayan despertando el interés de los pobladores por la cosa pública. En ese sentido, son los ciudadanos que se acogen a la ley y a las instituciones los únicos que pueden vigilar y estar atentos al desarrollo de las políticas públicas promovidas por los gobernantes que ellos mismos eligieron”, aseguró Alejandra Barrios, directora ejecutiva de la MOE.

La amenaza del grupo guerrillero tiende un manto de preocupación sobre el proceso electoral que se avecina, en tanto quedan en duda las garantías y las condiciones de seguridad en que se van a desarrollar los comicios regionales del próximo 28 de octubre.