jueves, 29 de marzo de 2007

Se establece el procedimiento para dejar sin efecto la inscripción irregular de cédulas

Según la RESOLUCIÓN No. 0215 DE 2007, Toda persona podrá presentar petición escrita ante el registrador del respectivo municipio, para ante el Consejo Nacional Electoral con el fin de solicitar que se deje sin efecto la inscripción de cédulas de ciudadanos realizada irregularmente. Esto es que cuyos titulares no residan en la correspondiente circunscripción, o cuya inscripción haya sido realizada contraviniendo lo prescrito en el artículo 78 de Código Electoral.
La petición mencionada deberá contener:

a) Nombres y apellidos completos del solicitante o de su apoderado, si es el caso, con indicación del documento de identidad y la dirección de notificación.
b) El objeto de la petición.
c) Narración de los hechos en que sustenta la petición, de manera clara y precisa, o las razones en las cuales se apoya.
d) Indicación de los ciudadanos que han inscrito su cédula de ciudadanía para votar, y que no tienen su residencia electoral en el respectivo municipio.
e) Relación de las pruebas que pretende hacer valer o de aquellas cuya práctica solicita.
f) Firma del peticionario.

Toda petición y sus anexos deben presentarse en duplicado.

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